¿Qué es la Ley de Ajuste Cubano y tengo derecho a ella?

La Ley de Ajuste Cubano de 1966 permite a los cubanos y a sus dependientes convertirse en residentes permanentes legales (obtener una tarjeta verde) mediante un ajuste de estatus. Se diseñó para permitir la residencia a miles de refugiados cubanos que no podían regresar a Cuba por motivos políticos, pero que no podían conseguir la residencia en EE.UU. por otros medios. La Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA 2005) y la Ley de Protección de las Víctimas de Trata y Violencia (VAWA 2000) modificaron la Ley de Ajuste Cubano para seguir permitiendo el ajuste de estatus a cónyuges e hijos víctimas de violencia doméstica, con ciertos requisitos condicionales. Para ser elegible para un ajuste de estatus como solicitante principal, se aplican las siguientes condiciones:
- Ser ciudadano de Cuba, aunque resida actualmente como ciudadano en otro país.
- Deben haber sido inspeccionados y admitidos o puestos en libertad condicional después del 1 de enero de 1959.
- Haber estado físicamente presente en EE.UU. durante al menos un año.
- Debe cumplimentar correctamente el formulario I-485 y estar presente en EE.UU. en el momento de la presentación.
- Debe ser admisible en EE.UU. como residente legal permanente o tener derecho a una exención de inadmisibilidad.
Prueba de ciudadanía cubana o condición de nativo
Los principales solicitantes deben presentar pruebas de ser ciudadanos u oriundos de Cuba. Varios documentos que puedan probar que uno nació en Cuba o tiene la ciudadanía cubana serían suficientes. Los ejemplos incluyen pero no se limitan a:
- Un certificado de nacimiento expedido por el registro civil cubano
- Un pasaporte (caducado o no) en el que figure Cuba como lugar de nacimiento
- Un certificado de nacionalidad
- Una carta de ciudadanía

Personas que no pueden solicitar un ajuste de estatus
Los visitantes extranjeros de intercambio (titulares de visados J-1 o J-2) sujetos al requisito de dos años de residencia en el extranjero no pueden solicitar un ajuste de estatus hasta que cumplan dicho requisito, a menos que se les haya concedido una dispensa.
Inadmisibilidad
En general, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS) sólo puede aprobar la tarjeta verde a un solicitante si no se da ninguno de los motivos de inadmisibilidad (razones por las que no se le permite entrar en EE.UU.). Si uno es inadmisible, la ley puede permitirle solicitar una exención.Las restricciones habituales sobre el ajuste son inaplicables a los solicitantes en virtud de la Ley de Ajuste Cubano. Por lo tanto, los siguientes grupos de indocumentados aún pueden solicitar el ajuste en virtud de la CAA:
- Tripulantes
- Pasajeros en tránsito sin visado
- Retrasos de no inmigrantes
- Indocumentados que han trabajado sin autorización
- Indocumentados admitidos como visitantes no inmigrantes sin visado
Durante la entrevista de ajuste de estatus, si un solicitante admite su posible inadmisibilidad como miembro del partido comunista, se le debe tomar declaración jurada para evaluar lo siguiente:
- La organización se unió a
- Fecha y lugar de incorporación
- Una explicación de los motivos por los que el solicitante se adhirió
- La naturaleza de la organización
- Funciones y responsabilidades del candidato en la organización
- Si el solicitante ostentaba un título o cargo oficial o simplemente era miembro
- Si el solicitante ha puesto fin a su afiliación, cuándo y de qué manera se produjo dicha baja.***Nota: El CAA establece una excepción a la restricción si la afiliación fue involuntaria.
El estatuto de refugiado no es necesario para solicitar la residencia permanente legal en virtud de la Ley de Ajuste Cubano. Esto significa que un solicitante no necesita alegar ser un solicitante de asilo en virtud de la CAA. El solicitante también puede viajar de regreso a Cuba sin que ello afecte negativamente a su estatus, aunque debe seguir cumpliendo los requisitos de presencia física y residencia continua.
Disposición derogatoria de la Ley de Ajuste Cubano
Según la Ley de Ajuste Cubano, la fecha de admisión para la residencia permanente legal de un solicitante cubano será 30 meses antes de la fecha de presentación de la solicitud o de la fecha de la última entrada del individuo en EE.UU., la que sea posterior. Los dependientes no cubanos, como el cónyuge o los hijos de un solicitante, pueden acogerse a las mismas disposiciones de devolución que el solicitante principal. Esto es cierto incluso si la fecha de residencia permanente legal es anterior a la fecha en que el beneficiario se convirtió en cónyuge o hijo del solicitante principal.Las mismas reglas se aplican a los casos de la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA) en virtud de la Ley de Ajuste Cubano.

Denegación y rescisión
Si a un solicitante se le deniega un ajuste en virtud de la CAA, tiene derecho a una explicación clara. Aunque normalmente no hay apelación tras una denegación, el solicitante puede acudir ante un juez y renovar la solicitud si se inicia un procedimiento de expulsión. A una persona ajustada en virtud de la Ley de Ajuste Cubano se le puede rescindir o retirar la residencia si se determina que el solicitante no cumplía los requisitos en un plazo de cinco años a partir de la fecha real en que se aprobó la solicitud.
Programa de reagrupación familiar cubana en libertad condicional
Si la Ley de Ajuste Cubano no es una opción, se puede explorar un programa especial de parole. Este programa, el Cuban Family Reunification Parole Program (CFRPP), permite a los residentes permanentes y a los ciudadanos estadounidenses presentar peticiones basadas en la familia para ayudar a los familiares cubanos a emigrar a Estados Unidos. Bajo el CFRPP, los receptores de peticiones familiares aprobadas pueden recibir libertad condicional en los Estados Unidos mientras esperan sus visados de inmigrante o el año requerido para solicitar la residencia permanente legal bajo la CAA.
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Escrito por David Joseph Rozas
David Rozas es un experimentado abogado penalista y de inmigración y uno de los socios fundadores de Rozas & Rozas Law Firm. Ha estado con la empresa desde 2004, uniéndose a su hermano, Greg en la práctica. David concentra su práctica legal en la defensa penal y la inmigración.