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Guía para la baja voluntaria: Todo lo que debe saber

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¿Qué es la baja voluntaria?

La salida voluntaria se refiere a la opción disponible para que las personas salgan de Estados Unidos sin que se emita una orden de expulsión formal. Puede ser concedida por el ICE o el CBP antes o durante el procedimiento de expulsión. En los casos en que los procedimientos de expulsión ya han comenzado, un Juez de Inmigración tiene la autoridad para conceder la salida voluntaria, ya sea al principio o durante los procedimientos.

Aunque se conceda la salida voluntaria, se emitirá una orden de expulsión, que sólo será efectiva si la persona no abandona Estados Unidos en el plazo especificado.

Cuando se concede la salida voluntaria, el juez puede imponer ciertas condiciones, como el pago de una fianza o permanecer detenido hasta la salida. Es importante señalar que los individuos son responsables de cubrir sus propios gastos de viaje al salir del país.

Cabe mencionar que las personas implicadas en delitos graves o actividades terroristas no suelen poder optar a la salida voluntaria. Sin embargo, en general, la salida voluntaria se considera una opción para las personas a menos que entren en estas categorías específicas.

En resumen, la salida voluntaria permite a las personas salir de Estados Unidos sin una orden formal de expulsión. Puede ser concedida por el ICE, la CBP o un juez de inmigración durante o antes del procedimiento de expulsión. Es necesario cumplir las condiciones establecidas por el juez, como pagar una fianza o permanecer detenido. Además, las personas son responsables de sus propios gastos de viaje.


¿Quién puede conceder la Depuración Voluntaria?

La salida voluntaria puede ser concedida por diferentes autoridades dependiendo de la fase del proceso de inmigración. Antes de la presentación del Aviso de Comparecencia, ICE o CBP (U.S. Immigration and Customs Enforcement o U.S. Customs and Border Protection) tienen autoridad para conceder la salida voluntaria. Esto significa que las personas que aún no han entrado en un procedimiento de expulsión pueden solicitar la salida voluntaria a estas agencias.

Si a una persona ya se le ha expedido un Aviso de Comparecencia y está en proceso de expulsión, el Juez de Inmigración tiene la facultad de conceder la salida voluntaria. Esto puede ocurrir al principio del caso o al final del procedimiento. En el caso de que el Juez de Inmigración conceda la salida voluntaria, es importante tener en cuenta que se emitirá una orden de expulsión, que se hará efectiva sólo si la persona no sale de los Estados Unidos dentro del plazo especificado.

En resumen, la salida voluntaria puede ser concedida por el ICE o el CBP antes de la presentación del Aviso de Comparecencia, mientras que el Juez de Inmigración tiene autoridad para conceder la salida voluntaria durante el procedimiento de expulsión.


Requisitos básicos para la salida voluntaria

Para que se le conceda la salida voluntaria, hay que tener en cuenta ciertos requisitos y consideraciones. Estos son los requisitos básicos para la salida voluntaria:

  • Requisitos: Tiene que demostrar que reúne los requisitos para la salida voluntaria. Esto significa cumplir los criterios establecidos por las autoridades. Las personas que hayan sido condenadas por un delito con agravante o sean deportables en virtud de disposiciones de seguridad nacional no podrán optar a la salida voluntaria.
  • Plazos: El momento de solicitar la salida voluntaria depende de la etapa del proceso de inmigración. Puede solicitar la salida voluntaria antes de ver a un Juez de Inmigración, durante el procedimiento de expulsión o al final del procedimiento. La fase específica en la que solicite la salida voluntaria puede tener diferentes requisitos e implicaciones.
  • Solicitud expresa: Debe presentar una solicitud expresa de salida voluntaria. Esta solicitud puede hacerse al Juez de Inmigración durante una audiencia o al Departamento de Seguridad Nacional (DHS). Es importante expresar claramente su intención de salir voluntariamente.
  • Renuncia de derechos: En ciertas etapas, como durante el procedimiento de expulsión o al concluir el procedimiento, es posible que tenga que renunciar a su derecho a solicitar otras formas de alivio migratorio o a apelar. Al solicitar la salida voluntaria, renuncia a la oportunidad de buscar opciones alternativas.
  • Presencia física: Si solicita la salida voluntaria al concluir el procedimiento de expulsión, debe demostrar que ha estado físicamente presente en Estados Unidos durante al menos un año antes de la notificación del Aviso de comparecencia.

Estos son los requisitos básicos para la salida voluntaria. Es crucial consultar con un abogado de inmigración o un profesional del derecho para entender los detalles específicos y las implicaciones en su caso particular. Ellos pueden guiarte a lo largo del proceso y asegurarse de que cumples los requisitos necesarios.

Salida voluntaria al inicio de su caso

Al principio de su caso de inmigración, el juez tiene autoridad para concederle la salida voluntaria si cumple ciertos requisitos. Para poder optar a la salida voluntaria en esta fase, deben cumplirse las siguientes condiciones:

  • Momento de la solicitud: Debe solicitar la salida voluntaria antes o durante la audiencia del calendario maestro, que es una de las audiencias iniciales ante un juez de inmigración. Es crucial hacer esta solicitud en el momento adecuado.
  • Solicitud exclusiva: Cuando solicite la salida voluntaria al principio de su caso, debe solicitar únicamente esta opción y no buscar ninguna otra forma de reparación. Es importante expresar su intención de salir voluntariamente.
  • Reconocimiento: Debe informar al juez de que el gobierno puede expulsarle de Estados Unidos. Esto es un reconocimiento de que puede ser expulsado.
  • Renuncia a recurrir: Usted debe declarar que no apelará ninguna decisión tomada por el juez. Al hacerlo, renuncia a su derecho a recurrir.
  • Criterios de inelegibilidad: Ciertos factores pueden descalificarle para que se le conceda la salida voluntaria al principio de su caso. Por ejemplo, ser un delincuente con agravantes o un terrorista. Tales circunstancias pueden hacer que usted no sea elegible para esta opción.

Después de presentar su solicitud de salida voluntaria

Después de solicitar la salida voluntaria, el juez tiene hasta 30 días para tomar una decisión sobre su solicitud. Si el juez le concede la salida voluntaria, le informará en persona del día concreto en que debe salir de Estados Unidos.El juez tiene en cuenta varios factores a la hora de decidir si le concede la salida voluntaria. Es esencial presentar pruebas que apoyen su caso y demuestren los aspectos positivos.

Aspectos positivos que tiene en cuenta el juez:

  • Residencia de larga duración en Estados Unidos
  • La presencia de familiares y amigos en el país
  • La distancia entre ellos y tú.

Aspectos Negativos El Juez Considera:

  • Motivo de su expulsión
  • Antecedentes penales
  • Anterior Infracciones de la Ley de Inmigración
  • Pruebas de mal carácter

El juez tiene la facultad discrecional de imponer ciertas condiciones junto con la concesión de la salida voluntaria. Estas condiciones pueden incluir el pago de una fianza o la detención hasta que salga de Estados Unidos. Además, usted es responsable de cubrir sus gastos de viaje al salir del país.

Si el juez le concede la salida voluntaria, normalmente se le concederá un máximo de 120 días para salir de Estados Unidos. Para que se le conceda el plazo completo de 120 días, debe proporcionar al juez información sobre el viaje, como un billete de avión, en un plazo de 60 días. Si no proporciona la información de viaje necesaria, puede que se emita otro tipo de orden de expulsión.

Tenga en cuenta que los casos de inmigración pueden ser complejos y requieren una atención individualizada. Es aconsejable consultar con un abogado de inmigración o un profesional del derecho que pueda ofrecerle orientación específica en función de sus circunstancias.


Salida voluntaria al final de su caso

Cuando su caso de inmigración está a punto de concluir, la autoridad del juez para conceder la salida voluntaria es más limitada. Sin embargo, todavía hay ciertos requisitos que deben cumplirse para que usted sea elegible para la salida voluntaria en esta etapa.

Requisitos para poder optar a la salida voluntaria:

  • Presencia física: Debe haber estado físicamente presente en Estados Unidos durante al menos un año antes de recibir un Aviso de Comparecencia del Departamento de Seguridad Nacional, normalmente emitido por el ICE. Este requisito demuestra un periodo significativo de residencia en el país.
  • Buen carácter moral: Debe demostrar un historial de buena conducta moral durante al menos los cinco años anteriores a su solicitud de salida voluntaria. El juez puede revisar todo su historial de buena conducta moral para evaluar su elegibilidad.
  • Criterios de inelegibilidad: Usted no puede ser un delincuente con agravantes o un terrorista para ser elegible para la salida voluntaria al final de su caso. Estos factores pueden descalificarle para esta opción.
  • Pago de la fianza: Debe poder pagar la fianza fijada por el juez, que será de al menos 500 dólares. La fianza sirve como garantía financiera de su cumplimiento de la orden de salida.
  • Además, usted es responsable de cubrir sus gastos de viaje.

Si el juez aprueba su solicitud de salida voluntaria, normalmente se le concederán hasta 60 días para salir voluntariamente de Estados Unidos. Es esencial cumplir el plazo especificado para evitar complicaciones posteriores.

Si tiene un bono

Si el juez le concede una fianza en su caso de inmigración, es crucial que cumpla los requisitos de la fianza en un plazo de cinco días hábiles para evitar consecuencias adversas. El incumplimiento de las condiciones de la fianza desencadenará una orden de expulsión alternativa, lo que dará lugar al inicio de su procedimiento de expulsión.

Escrito por David Joseph Rozas

David Rozas es un experimentado abogado penalista y de inmigración y uno de los socios fundadores de Rozas & Rozas Law Firm. Ha estado con la empresa desde 2004, uniéndose a su hermano, Greg en la práctica. David concentra su práctica legal en la defensa penal y la inmigración.