¿Puede mi hermano traer a su pareja y a sus hijos cuando emigre?
Sí. El cónyuge de un hermano y los hijos solteros menores de 21 años también pueden emigrar como beneficiarios derivados. No necesitan solicitudes I-130 independientes, ya que se incluyen en el expediente de tu hermano. Esta es una de las ventajas más ignoradas de la categoría F4, y vale la pena planificarla con antelación. Para obtener más información sobre los beneficiarios derivados y los requisitos para el ajuste de...
Sí. El cónyuge de un hermano y los hijos solteros menores de 21 años también pueden emigrar como beneficiarios derivados. No necesitan solicitudes I-130 independientes, ya que se incluyen en el expediente de tu hermano. Esta es una de las ventajas más ignoradas de la categoría F4, y vale la pena planificarla con antelación.
Para obtener más información sobre los beneficiarios derivados y los requisitos para el ajuste de estatus, consulte el Manual de Políticas del USCIS, volumen 7, parte A, capítulo 6, sección C, subsección C: Beneficiarios derivados.
Respuesta de David Joseph Rozas
David Rozas es un experimentado abogado penalista y de inmigración y uno de los socios fundadores de Rozas & Rozas Law Firm. Ha estado con la empresa desde 2004, uniéndose a su hermano, Greg en la práctica. David concentra su práctica legal en la defensa penal y la inmigración.








