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Explicación de las categorías de visados por preferencia familiar (F1–F4)

Tres hermanos se abrazan en el aeropuerto tras reunirse gracias a la ayuda del bufete de abogados Rozás, especializado en casos entre hermanos.
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Si eres ciudadano estadounidense o titular de una tarjeta de residencia y deseas traer a un familiar a Estados Unidos, probablemente te hayas encontrado con el término «categorías de preferencia familiar». En esta guía se explica en qué consisten, quién cumple los requisitos para cada una de ellas (de la F1 a la F4) y cuáles son las expectativas realistas en cuanto a los tiempos de espera.

¿Qué son las categorías de preferencia familiar?

La legislación estadounidense en materia de inmigración divide las tarjetas de residencia por motivos familiares en dos categorías.

El primer grupo es el de los familiares directos. Esto incluye a los cónyuges, los hijos solteros menores de 21 años y los padres de ciudadanos estadounidenses. Los familiares directos no están sujetos a ningún límite anual de visados ni a lista de espera. Una vez aprobada la solicitud, el proceso sigue adelante.

El segundo grupo lo constituyen las categorías de preferencia familiar. Estas abarcan a todas las demás personas que tengan un vínculo familiar que cumpla los requisitos: hijos adultos, hijos casados y hermanos de ciudadanos estadounidenses, además de los cónyuges e hijos de titulares de la tarjeta verde. A diferencia de los familiares directos, las visas de preferencia familiar están sujetas a un límite anual. El Congreso establece el límite total anual en 226 000 visas para las cuatro categorías de preferencia en su conjunto.

Dado que la demanda supera con creces la oferta, la mayoría de los solicitantes de la categoría de preferencia familiar tienen que esperar. A veces, durante años. A veces, durante décadas. El tiempo de espera depende de la categoría en la que se encuentre, del país en el que haya nacido su familiar y de cuándo se presentó inicialmente la solicitud. Es importante conocer las diferentes categorías de tarjetas de residencia por motivos familiares antes de iniciar una solicitud. Las categorías de tarjetas de residencia por preferencia familiar determinan quién cumple los requisitos, cuánto tiempo puede durar la espera y cuándo estará disponible un visado de inmigrante.

Cómo funcionan las fechas de prioridad de preferencia familiar

A cada caso de preferencia familiar se le asigna una fecha de prioridad: la fecha en que el USCIS recibe tu formulario I-130 (Solicitud de pariente extranjero). Piensa en ello como tu lugar en la cola.

Cada mes, el Departamento de Estado de EE. UU. publica el Boletín de Visados, en el que se indican las fechas límite para cada categoría y país. Cuando tu fecha de prioridad es anterior a la fecha límite publicada, tu solicitud está «al día» y puedes seguir adelante con el proceso. Hasta entonces, debes esperar. Las fechas pueden avanzar, estancarse o retroceder (lo que se denomina «retroceso»), por lo que es importante consultar el boletín cada mes.

¿Cuáles son las categorías de visados F1–F4?

F1: Hijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses

Quiénes pueden optar a ello: los hijos adultos solteros (mayores de 21 años) de ciudadanos estadounidenses.

Cuota anual de visados: hasta 23 400 visados al año.

Qué cabe esperar: Los tiempos de espera para la categoría F1 varían considerablemente según el país. El Boletín de Visados de junio de 2026 indica una «Fecha de acción final» a nivel mundial del 1 de septiembre de 2017, lo que significa que las solicitudes presentadas antes de esa fecha se están tramitando actualmente. En el caso de México, la fecha límite es el 8 de noviembre de 2007 (un retraso de casi 19 años). Para Filipinas, es el 1 de mayo de 2013 (más de 13 años). Para la mayoría de los demás países, la espera actual es de entre 8 y 9 años aproximadamente.

Un aspecto a tener en cuenta: si un menor ha cumplido 21 años mientras la solicitud estaba pendiente, la Ley de Protección del Estatus del Menor (CSPA) puede salvaguardar su derecho a la solicitud al congelar, en la práctica, su edad durante los retrasos en la tramitación. El derecho a acogerse a la CSPA está sujeto a plazos y el cálculo es complejo, por lo que es imprescindible contar con asesoramiento jurídico.

F2: Cónyuges e hijos de residentes permanentes legales

La segunda categoría de preferencia se divide en dos subcategorías.

F2A: Cónyuges e hijos menores de edad (menores de 21 años) de titulares de la tarjeta verde

La categoría F2A es una de las opciones más favorables dentro de la preferencia familiar. El Boletín de Visados de junio de 2026 indica una fecha de acción final del 1 de enero de 2025 para la mayoría de los países (México: 1 de enero de 2024), y el cuadro de fechas de presentación está totalmente actualizado para todos los países. La categoría F2A recibe además el 77 % de la asignación anual de 114 200 visados de la segunda preferencia.

F2B: Hijos adultos solteros (de 21 años o más) de titulares de la tarjeta verde

Los tiempos de espera son considerablemente más largos. La fecha de acción final mundial para junio de 2026 es el 22 de septiembre de 2017. México se sitúa en el 15 de febrero de 2009; Filipinas, en el 8 de abril de 2013. La categoría F2B recibe el 23 % restante de la asignación de la segunda preferencia.

Estrategia de naturalización: si el titular de la tarjeta verde que presenta la solicitud se naturaliza, los beneficiarios de la categoría F2A pasan automáticamente a la categoría de familiares directos, lo que elimina por completo el tiempo de espera. Los casos de la categoría F2B se convierten en F1, lo que no siempre es más rápido. Los beneficiarios pueden optar por no participar y permanecer en la categoría F2B si el proceso es más rápido. Se recomienda que un abogado analice las tendencias del Boletín de Visados antes de tomar cualquier decisión sobre la naturalización.

F3: Hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses

Quiénes pueden optar a ello: los hijos adultos casados de ciudadanos estadounidenses, junto con sus cónyuges e hijos menores de edad.

Cuota anual de visados: hasta 23 400 visados al año.

Qué cabe esperar: La categoría F3 es una de las más lentas. El Boletín de Visados de junio de 2026 indica una fecha de acción final a nivel mundial del 15 de febrero de 2012 (más de 14 años de retraso). México se sitúa en el 1 de mayo de 2001 (más de 25 años); Filipinas, en el 22 de noviembre de 2005 (más de 20 años). Si un beneficiario se divorcia mientras la solicitud está pendiente y el solicitante es ciudadano estadounidense, el caso puede pasar a la categoría F1. Que esto ayude o no depende de la fecha de prioridad y del país, por lo que un abogado debería evaluarlo.

F4: Hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses adultos

Quiénes pueden solicitarlo: los hermanos de ciudadanos estadounidenses, siempre que el patrocinador ciudadano estadounidense tenga al menos 21 años.

Cuota anual de visados: hasta 65 000 visados al año.

Qué cabe esperar: A pesar de contar con la mayor asignación anual de todas las categorías de preferencia, la F4 presenta los retrasos más prolongados de todo el sistema de inmigración familiar. El Boletín de Visados de junio de 2026 indica una fecha de acción final a nivel mundial del 8 de noviembre de 2008 (un retraso de más de 17 años). Para Filipinas, la fecha límite es el 15 de julio de 2007 (casi 19 años). Para México, es el 8 de abril de 2001 (más de 25 años). Algunas familias que presentaron sus solicitudes a principios de la década de 2000 solo ahora se están acercando al principio de la cola.

Solo los ciudadanos estadounidenses pueden presentar solicitudes de patrocinio para sus hermanos. Los titulares de la tarjeta verde no pueden patrocinar a sus hermanos. Un residente permanente legal que desee patrocinar a un hermano en el futuro debe obtener primero la ciudadanía estadounidense.

Guía rápida: las teclas F1–F4 de un vistazo

Categoría Relación Demandante Límite anual Cartera de pedidos actual (aproximada) (a nivel mundial)
F1 Hijos adultos solteros (mayores de 21 años) ciudadano estadounidense 23,400 ~8-9 años
F2A Cónyuges e hijos menores de edad Titular de la tarjeta verde ~87 934 min. ~1,5 años
F2B Hijos adultos solteros (mayores de 21 años) Titular de la tarjeta verde ~26,266 ~8-9 años
F3 Hijos e hijas casados ciudadano estadounidense 23,400 ~14 años o más
F4 Hermanos y hermanas Ciudadano estadounidense (mayor de 21 años) 65,000 ~17 años o más

Las estimaciones de la lista de espera se han obtenido del cuadro de fechas de acción definitiva de junio de 2026 publicado por el Departamento de Estado de los Estados Unidos. México y Filipinas se enfrentan a esperas considerablemente más largas en todas las categorías. Las fechas varían cada mes; consulte siempre el Boletín de Visados actualizado en travel.state.gov.

Problemas habituales en los expedientes de visados por reagrupación familiar

  • El cumplimiento de la mayoría de edad y los cambios en el estado civil. El hecho de que un hijo cumpla 21 años o de que un beneficiario se case puede hacer que un caso pase a una categoría de tramitación más lenta de forma inesperada. Cualquier cambio en la situación personal que se produzca mientras la solicitud está pendiente debe comunicarse inmediatamente a un abogado.
  • Faltan actualizaciones del Boletín de Visados. Las fechas de prioridad pueden retroceder sin previo aviso. Presentar la solicitud antes de tiempo tras un retroceso puede provocar retrasos o denegaciones. Es fundamental consultar el boletín cada mes.
  • Pasar por alto la naturalización. Los titulares de la tarjeta verde que solicitan la residencia para su cónyuge o hijos menores de edad a menudo pueden eliminar por completo el tiempo de espera si primero obtienen la ciudadanía estadounidense. Es una de las herramientas más eficaces y menos utilizadas en el proceso.

Por qué varían los tiempos de espera en el programa de preferencia familiar

Los tiempos de espera en el programa de preferencia familiar dependen de varios factores, entre ellos la categoría de visado, el país de nacimiento, los límites anuales de visados y la demanda general. Los países con una demanda elevada, como México y Filipinas, suelen tener retrasos considerablemente mayores que otros países.

Cómo podemos ayudarte en el bufete de abogados Rozas

Saber qué categoría te corresponde, cómo interpretar tu fecha de prioridad y cuándo actuar puede marcar una gran diferencia en el calendario de tu familia.

En el bufete Rozas Law Firm, hemos asesorado a más de 11 000 clientes en el proceso de inmigración a Estados Unidos desde 2004. Nuestros abogados especializados en inmigración atienden a clientes de todo el país en inglés y español, y cuentan con una amplia experiencia en casos de visados por preferencia familiar y en todos los asuntos relacionados con visados matrimoniales y familiares.

¿Estás listo para iniciar una solicitud o no sabes en qué punto se encuentra tu caso pendiente? Descubre nuestra completa oferta de servicios jurídicos de inmigración y de tramitación de visados, o llámanos al 225-341-6945.

Escrito por David Joseph Rozas

David Rozas es un experimentado abogado penalista y de inmigración y uno de los socios fundadores de Rozas & Rozas Law Firm. Ha estado con la empresa desde 2004, uniéndose a su hermano, Greg en la práctica. David concentra su práctica legal en la defensa penal y la inmigración.

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